miércoles, 21 de enero de 2009

Declaración Individual de Accidente del Trabajo "DIAT"

¿Qué es la "DIAT"?
Es el documento oficial que la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales reconoce para denunciar la ocurrencia de un accidente del trabajo.

¿Cuál es su importancia?
Permite iniciar el otorgamiento de las prestaciones, de la Ley Nº 16.744 por un eventual siniestro laboral, sin prejuicio de la calificación que en definitiva corresponda al accidente como común o laboral.

¿Quién debe extenderla?
La DIAT se la proporciona su empleador. Ésta debe estar completa y debidamente firmada por el empleador o por su representante. Si el empleador no ha efectuado la denuncia, podrá hacerlo el propio trabajador accidentado y el medico tratante, entre otros.

¿Cuándo debe extenderse?
La DIAT sólo debe ser extendida y enviada al CENTRO DE SALUD DE SU MUTUALIDAD cuando el accidente ocurrido al trabajador sea posiblemente de origen laboral; situación que será calificada por el Organismo Administrador del Seguro. En caso contrario; es decir cuando el accidente no sea de origen laboral, el trabajador deberá atenderse utilizando su Sistema de Salud, Isapre o Fonasa.

¿Puede enviarse por Fax?
Excepcionalmente se aceptará el envío de la DIAT por fax al CENTRO DE SALUD DE SU MUTUALIDAD donde está siendo atendido el accidentado y posteriormente deberá ser remitida, a ese mismo lugar, completa y firmada por el empleador, en original y con todas sus copias.

¿Se puede enviarse electrónicamente?
Se aceptará el envío de "DIAT Electronica" siendo esta proporcionada por el empleador o quien cuente con acceso para emitirla, consultar alguna ya enviada o regularizar una provisoria a través de cualquiera de los tres canales de la plataforma de atención virtual: Internet, Call Center o los Centros de su Mutualidad.

Mayores Informaciones:
www.mutual.cl

4 comentarios:

  1. ¿cual es el plazo para entregar o mandar la Diat al organismo administrador ?

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  2. Las Mutualidades entregan un plazo no mayor o superior a las 24 hrs. Esto , obviamente con el V°B° de la jefatura directa y un previo análisis de las circunstancias que rodearon el accidente, con la colaboración del CPHS.

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  3. Si el formulario DIAT se presenta una semana después del accidente es válido?

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  4. Si el formulario DIAT se presenta una semana después del accidente es válido?

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